Estructura
descentralizadas adscritas
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Institutos
Descentralizados
Como
apoyo al principio de descentralización y ampliación de sus alcances se crean
los Institutos Descentralizados adscritos a la Secretaría de Estado
de Educación y Cultura para ejecutar funciones específicas sectoriales de
ámbito nacional.
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Juntas
Regionales de Educación
a)
La definición de los planes de desarrollo en educación y cultura en su
región;
b)
Fomentar y supervisar el desarrollo de la educación, la ciencia y la cultura
en su jurisdicción;
c)
Velar por la planta física educativa y coordinar su mantenimiento;
d)
Preparar los presupuestos y trazar la política para administrar los recursos
asignados a proyectos específicos de su región;
e)
Apoyar a la
Dirección Regional de Educación y Cultura en su gestión;
f)
Apoyar el desarrollo curricular y la ejecución de acciones complementarias
que favorezcan la calidad de la educación;
g)
Proponer los directores, subdirectores y personal técnico de las Direcciones
Distritales.
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Juntas
Distritales de Educación
a)
Participar en la planificación educativa, en lo que respecta a su
jurisdicción;
b)
Proponer, conocer y aprobar planes y programas para el enriquecimiento y
fomento de la educación, la ciencia y la cultura en el ámbito de su
competencia territorial;
c)
Evaluar la ejecución de planes y programas dentro de su jurisdicción y
efectuar revisiones de la planificación establecida para ella, a fin de
actualizarla y mejorarla, en el ámbito de su competencia;
d)
Recomendar a la
Secretaría de Estado o a los Institutos Descentralizados
adscritos a la Secretaría,
la implantación de políticas que favorezcan el desarrollo educativo de su
distrito;
e)
Solicitar a las autoridades centrales de la Secretaría,
asesoramiento ante problemas especiales, comunicarles la existencia de
fallas, asegurarse del oportuno envío de datos e informaciones y en general
facilitar el cumplimiento de las tareas que les corresponden, dentro de su
jurisdicción;
f)
Supervisar la administración educativa distrital y apoyarla a fin de que
cumpla sus obligaciones;
g)
Aprobar el proyecto de presupuesto ordinario anual de gastos de su distrito y
los presupuestos extraordinarios que sean necesarios para adaptar el primero
a nuevas situaciones y velar por el mantenimiento y la revisión periódica de
los controles internos y financieros, acorde con las disposiciones vigentes;
h)
Decidir sobre la realización de obras materiales de reparación y
construcción, en coordinación con las instancias correspondientes y dar
seguimiento a su ejecución;
i)
Procesar, mediante concursos de oposición y recomendar los nombramientos de
todos los directores de las instituciones educativas y también de otros
docentes, de acuerdo a la normativa vigente;
j)
Recomendar la remoción por causa justificada, del personal señalado en el
inciso anterior;
k)
Contribuir con la realización de las más variadas formas de expresión
cultural que se desarrollarán rotativamente en los municipios que integren el
distrito;
l)
Identificar las necesidades de los centros educativos de su jurisdicción y
proponer las soluciones ante las instancias correspondientes;
ll)
Administrar los recursos económicos de su jurisdicción;
m)
Apoyar el desarrollo de la innovación curricular en su región.
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Juntas
de Centros Educativos
a)
Aplicar los planes de desarrollo del centro educativo, enmarcados por las
políticas definidas por el Consejo Nacional de Educación;
b)
Fortalecer las relaciones entre escuela y comunidad y el apoyo de una a otra;
c)
Articular la actividad escolar y enriquecerla con actividades
extracurriculares;
d)
Velar por la calidad de la educación y la equidad en la prestación del
servicio educativo;
e)
Supervisar la buena marcha de los asuntos de interés educativo, económico y
de orden general del centro educativo incluyendo especialmente el
mantenimiento de la planta física y los programas de nutrición;
f)
Canalizar preocupaciones de interés general o ideas sobre la marcha del
centro educativo;
g)
Buscar el consenso en las políticas educativas del centro como expresión de
la sociedad civil;
h)
Administrar los presupuestos que le sean asignados por la Secretaría de Estado
de Educación y Cultura y otros recursos que requiera;
i)
Proponer el nombramiento de profesores en escuelas de más de 300 alumnos; j)
Impulsar el desarrollo curricular.
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Conceptualiza las
diferentes regulaciones que norman el Sistema Educativo Dominico:
Ley:
Es una norma jurídica
dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad
competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo
incumplimiento conlleva a una sanción.1 Según el jurista panameño César Quintero,
en su libro Derecho Constitucional, la ley es una «norma dictada por una
autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos
deben obediencia». Por otro lado, el jurista Chileno Andrés Bello definió a la
ley, en el artículo 1º del Código Civil de Chile como «Una declaración de la
voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución,
manda, prohíbe o permite».
Ordenanza:
es un tipo de norma
jurídica que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por
estar subordinada a la ley.
El término proviene de la palabra
"orden", por lo que se refiere a un mandato que ha sido emitido por
quien posee la potestad para exigir su cumplimiento. Por ese motivo, el término
ordenanza también significa "mandato legal".
Según los diferentes ordenamientos
jurídicos, las ordenanzas pueden provenir de diferentes autoridades (civiles o
militares).
Orden
Departamental: Consiste
que es una orden que no mas afecta a cierto departamento y no a todos los otros
departamentos.
Cierto: Es un escrito que se emplea para comunicar simultáneamente un
mismo asunto a varias personas a quienes por igual interesa".
Oficio:
El oficio es un tipo
de documento que sirve para comunicar disposiciones, consultas, órdenes,
informes, o también para llevar a cabo gestiones de acuerdos, de invitación, de
felicitación, de colaboración, de agradecimiento, etcétera. Estas redacciones
se utilizan en instituciones como: ministerios, embajadas, municipios, colegios
profesionales, sindicatos y oficinas de gobierno, entre otras.
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